Persona que en un concurso de acreedores o en una quiebra era la encargada de liquidar el activo y el pasivo del deudor. Persona elegida para representar un grupo y cuidar de sus intereses.
Figura suprimida en la Ley Concursal. Ahora es el administrador concursal: interventor en los actos realizados por el concursado, sustituyéndolo cuando sea suspendido en el ejercicio de sus facultades patrimoniales, redactando el informe de la Administración concursal y pronunciándose sobre los créditos puestos de manifiesto en el procedimiento.
Diccionario de seguros