Aquel que tiene por objeto la prestación de indemnizaciones derivadas de accidentes producidos a consecuencia de la circulación de vehículos. En general, la legislación de la mayoría de los países distingue al respecto entre el denominado seguro obligatorio, destinado normalmente a la cobertura, dentro de los límites legalmente establecidos, de los daños personales o materiales causados a terceras personas, y el seguro voluntario, que cubre el exceso de los límites del seguro obligatorio, así como otras garantías a que se hace referencia más adelante.
En España, el seguro obligatorio de automóviles está destinado a cubrir la responsabilidad del propietario o conductor por las lesiones corporales o daños materiales que, con motivo de la circulación de su vehículo, pueda producir a terceros con los límites que impongan el Baremo en vigor.
Asímismo, en España, y en lo referente al seguro voluntario de automóviles, pueden estipularse las siguientes coberturas:
- Responsabilidad civil suplementaria para garantizar la responsabilidad en que pueda incurrir el propietario o conductor de un vehículo por los daños materiales causados a terceros o incluso por los daños corporales en cuanto la indemnización exceda de las sumas garantizadas por el seguro obligatorio.
- Daños, incendio y/o robo del propio vehículo.
- Defensa de la responsabilidad criminal en que pudiera haber incurrido el conductor de un vehículo, con motivo de un hecho de la circulación. Por esta garantía, el asegurador toma a su cargo todos los gastos judiciales y extrajudiciales que ocasione la defensa, con excepción de aquellos que se consideran como penas personales (p. ej., multas).
- Reclamación, en nombre del asegurado, de los daños sufridos por el mismo o por su vehículo, a consecuencia de un accidente de circulación.
- Asistencia en viaje, que garantiza diferentes prestaciones en caso de que el vehículo asegurado tenga una avería o accidente durante un viaje, o bien cuando el asegurado y los ocupantes del vehículo sufran alguna contingencia, como enfermedad grave, robo de equipaje, etc…
En el seguro voluntario de automóviles, se ha suprimido la responsabilidad civil ilimitada, fijándose un límite de 50 millones de euros.