Aquella que se impone a condición de la prueba de la existencia del elemento culposo o negligente en la conducta del causante del daño. Es la regla general de responsabilidad civil extracontractual en el Derecho español (responsabilidad por culpa).
Aquella que se impone a condición de la prueba de la existencia del elemento culposo o negligente en la conducta del causante del daño. Es la regla general de responsabilidad civil extracontractual en el Derecho español (responsabilidad por culpa).