En general, reparto de una cantidad en proporción a otra magnitud. Proporción que se establece para obtener la prima de un contrato de seguro en base a los días de duración del mismo. Si, por ejemplo, se supone un contrato de 10 días de duración y cuya prima anual, atendidas las características del riesgo, fuera de 100 euros, la prima prorrata sería el resultado de dividir esa cantidad por los 365 días del año y multiplicarla por los 10 días de duración del contrato. Así, 100/365 por 10 = 2,74 euros. No obstante, en los contratos temporales de duración inferior a un año, no se suele aplicar la prima a prorrata, en sentido estricto, ya que normalmente su importe no compensa la probabilidad de ocurrencia del riesgo durante ese período de duración, debido a que las primas están actuarialmente calculadas para coberturas de riesgo durante anualidades enteras. En este tipo de contratos, la prima aplicable suele basarse en una escala prefijada, en la que a distintos períodos de tiempo corresponden diversos porcentajes de prima anual, con lo que se obtiene una prima superior a la que se conseguiría mediante el sistema de prorrateo. P. ej.:
Duración % de la prima del contrato anual
Hasta 15 días 20%
De 15 días a 1 mes 30%
De 1 mes a 3 meses 50%
De 3 a 6 meses 70%
De 6 a 9 meses 80%
De 9 a 12 meses 100%