Término del Derecho Procesal español que define la actuación conjunta de diversas personas en un juicio, ya intervengan como demandantes o como demandadas. Cuando varios demandantes actúan frente a un demandado, el litisconsorcio se denomina «activo»; cuando un demandante procede contra varios demandados, el litisconsorcio se denomina «pasivo»; y cuando varios demandantes entablan acción frente a varios demandados, el litisconsorcio se denomina «mixto». Se trata de un procedimiento encaminado a simplificar el litigio y a asegurar una resolución uniforme.