En el seguro agrario combinado español, es cualquier extensión de terreno, constituida por una o varias parcelas, aunque no sean contiguas, y situadas en una misma comarca agraria que, en su conjunto, forman parte integrante de una misma unidad técnico-económica para obtención de producciones agrícolas garantizables por estos seguros, bajo la dirección de un empresario y caracterizada generalmente por la utilización de una misma mano de obra y de unos mismos medios de producción.Las parcelas objeto de aseguramiento, explotadas en común por entidades asociativas agrarias (sociedades agrarias de transformación, cooperativas, etc.), sociedades mercantiles (sociedad anónima, limitada, etc.) y comunidades de bienes, se consideraran como una sola explotación. Véase parcela.