Desde un punto de vista general, es el mandato mediante el que una persona realiza actos u operaciones de comercio por cuenta de otra y por la que percibe una remuneración, que igualmente se denomina comisión. Sistema de retribución económica de las funciones de mediación o producción de los mediadores, consistentes en una parte proporcional de las primas conseguidas por estos en su labor comercial directa o a través de su intervención o colaboración.
En el ámbito de los planes de pensiones, son comisiones las cantidades que perciben la entidad gestora y la entidad depositaria de un fondo de pensiones en contraprestación por sus servicios.
Puede establecerse la siguiente clasificación:
- Comisión de administración (administration commission). Aquella que se concede a la persona encargada de llevar a cabo los trámites administrativos relacionados con una cartera de pólizas (fundamentalmente, actualización del condicionado particular de los contratos y tramitación de siniestros).
- Comisión anticipada (advance commission). Aquella que se concede a la persona que ha conseguido la operación en una fecha anterior al momento en que realmente devengable. Véase también comisión descontada.
- Comisión básica (basic commission). Para distinguirla de la comisión complementaria, se da ese nombre a la que constituye la compensación económica fundamental para quien la percibe.
- Comisión sobre beneficios (commission on profit). Aquella que está basada en el beneficio aportado por una póliza o conjunto de estas en un periodo previsto.
- Comisión de cartera (portfolio commission). Para distinguirla de la comisión de nueva producción, se da este nombre a la que tiene su origen en la cartera de quien la percibe (pólizas vigentes en años sucesivos). Esta comisión existe mientras tengan vigencia las pólizas suscritas a través de la gestión comercial del agente.
En algunas ocasiones y de modo generalizado en el seguro de Vida, para estimular la labor de captación de nuevas operaciones, la comisión de nueva producción (que se abona al primer año de vigencia de la póliza) es de un porcentaje superior a la de cartera (que se abona a partir del segundo año).
- Comisión de cobranza (collecting commission). Aquella que se abona en concepto de retribución por sus servicios a quien, sin necesidad de ser el gestor de ciertas operaciones, se encarga del cobro de ellas.
- Comisión complementaria (supplementary commission). Para distinguirla de la comisión básica, se da este nombre a la que constituye una compensación adicional o marginal para quien la percibe.
- Comisión descontada (discounted commission). En el seguro de Vida, aquella cuyo importe se deduce de la prima total que correspondería a una póliza, a causa de no existir sobre la prima de riesgo recargo por gastos de producción. En este mismo sentido se utiliza a veces la expresión comisión anticipada. Véase zillmerizar.
- Comisión escalonada (variable commission). Aquella que, en diferentes periodos, se abona en diversa cuantía, según la concurrencia de determinadas circunstancias previstas.
En el ramo de Vida, por ejemplo, el escalonamiento en la comisión se puede reflejar en el sentido de poder ser decreciente en diversos ejercicios sucesivos. En otros ramos o en otros sectores económicos de la actividad aseguradora, el escalonamiento en la comisión puede venir objetivamente impuesto en función de determinados resultados; así puede establecerse para un agente concreto una escala de comisiones que oscile entre el 10 y el 20%, p. ej., de la producción a través de él conseguida, si los resultados técnicos de esa cartera oscilan entre unos determinados porcentajes de siniestralidad.
- Comisión fija (fix commission). Aquella que, al contrario de la escalonada o variable, tiene un carácter uniforme y permanente, con independencia de otros factores.
- Comisión de gestión (management commission). Aquella cuya razón de ser percibida radica, exclusivamente, en la consecución de la póliza, con independencia de la administración o cobranza de esta.
- Comisión inicial (first year commission). Aquella que, al contrario de la permanente, solo se percibe el primer año de vigencia de la póliza, desapareciendo en años sucesivos. Puede coexistir con la comisión permanente, en cuyo caso esta será sobre la cartera y la inicial sobre nueva producción. Generalmente la comisión inicial es de importe superior a la de la cartera.
- Comisión de nueva producción (new business commission). Para distinguirla de la comisión de cartera, se da ese nombre a la que se percibe exclusivamente durante el primer año de vigencia de la póliza. Generalmente, a fin de estimular la labor de captación de nuevas operaciones, este tipo de comisión suele ser de importe más elevado que la de cartera.
- Comisión permanente (permanent commission). Sinónimo de comisión de cartera.
- Comisión provisional (advance commission). Sinónimo de comisión anticipada.
- Comisión sucesiva (overrding commission). Sinónimo de comisión de cartera.
- Comisión suplementaria (supplementary commission). Sinónimo de comisión complementaria.
- Comisión variable (variable commission). Sinónimo de comisión escalonada.