En general, sinónimo de anulación. Tratándose de una póliza colectiva, la expresión «causar baja» hace referencia a la exclusión de un asegurado del contrato, por causas previstas en el mismo: fallecimiento, vencimiento del seguro por sobrepasar el límite de edad, etcétera. En el seguro de accidentes personales, «causar baja», referido a una persona, es una expresión médico-legal, equivalente a su imposibilidad para el desarrollo de sus actividades laborales o profesionales habituales. En términos bursátiles, es la disminución de precio que tienen los valores o títulos. Es lo contrario de alza.