El que debe su nombramiento a disposición inmediata e irrenunciable de la ley (como el padre con respecto a los bienes filiales de los hijos menores), ante la falta de previsión de las partes (como ei marido en relación con el patrimonio conyugal) o come consecuencia de un nombramiento particular aceptado (como ei tutor en cuanto al patrimonio pupilar).Véase administrador.