Alteraciones del Sistema Motor, Discapacidad-Talla
Los síntomas varían en función del grado de afectación y pueden originar deterioro en la capacidad de conducir vehículos, derivadas fundamentalmente, por la incapacidad de la ejecución correcta de respuestas motoras imprecisas. Al mismo tiempo, el tiempo de ejecución desde la percepción del riesgo y el inicio de la acción se ve influido por déficits sensoriales y motores.
Las alteraciones del sistema motor y la discapacidad-talla interfieren en la capacidad de conducir, por medio de:
- La dificultad de realizar movimientos.
- El aumento del tiempo de reacción.
- Las alteraciones en la coordinación.
- La presencia del temblor.
- Los efectos indeseados del tratamiento.
Para los especialistas las deficiencias totales o parciales de extremidades superiores son más discapacitantes que las de extremidades inferiores. Las deficiencias de extremidades resultan más discapacitantes cuanto más próximo sea el segmento afectado, decreciendo de hombro a mano y de cadera a pie. Son más discapacitantes las deficiencias en el hemicuerpo derecho, que en el izquierdo, tanto superior como inferior, esto es debido a la situación del volante y del resto de dispositivos condicionados a circular por la derecha. Los déficits funcionales de la columna vertebral influirán en el campo móvil de la mirada, dificultando una maniobrabilidad segura. También, las tallas extremas de 1,50 ó 2 metros, requieren adaptación del asiento y del conductor.
Los efectos sobre la conducción del tratamiento que conllevan estas alteraciones son:
- Los antiinflamatorios, relajantes musculares y analgésicos, tienen advertencia de riesgo vial, por poder provocar somnolencia y retardo del tiempo de reacción.
- Ante la conveniencia o necesidad de utilizar plantillas especiales, ortesis, prótesis y collarines sería aconsejable que se consultara en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC).
Lo importante que hay que saber es que las adaptaciones, restricciones y otras limitaciones que se impongan en personas, vehículos o en la circulación, se determinará según el grado de discapacidad que padezca el interesado debidamente reflejadas y evaluadas en las correspondientes pruebas estáticas y dinámicas del informe de aptitud psicofísica.