¿Qué pruebas nos podemos encontrar a la hora de renovar el carnet de conducir?
Todas las personas que quieran obtener o prorrogar cualquier permiso o licencia de conducción están obligadas a someterse a unas pruebas y exploraciones necesarias que serán las que determinen si reunimos o no las aptitudes psicofísicas requeridas para seguir conduciendo.
Todas estas pruebas son practicadas por los centros de reconocimiento de conductores autorizados, los cuales emitirán un informe de aptitud psicofísica. Sin embargo dicho informe podrá ser complementado por el reconocimiento realizado por los servicios sanitarios siempre que la Jefatura Provincial de Tráfico así lo acuerde y especialmente en aquellos casos en que se advierta que el aspirante ofrece indicios de deficiencias psicofísicas.
Se pide así que el conductor pueda manejar adecuadamente el vehículo y sus mandos para no comprometer la seguridad vial y conseguir una utilización responsable del vehículo. También tendrá que dominar el vehículo con el fin de no crear situaciones peligrosas y reaccionar de forma apropiada cuando éstas se presenten y deberá discernir los peligros originados por la circulación y valorar su gravedad. Además, debe tener en cuenta todos los factores que afectan al comportamiento de los conductores con el fin de conservar en todo momento la utilización plena de las aptitudes y capacidades necesarias para conducir con seguridad.
¿Qué se vigila? Por un lado, la capacidad visual, la capacidad auditiva y el sistema locomotor. También se valora el sistema cardiovascular, trastornos hematológicos, el sistema renal, el sistema respiratorio, enfermedades metabólicas y endocrinas, el sistema nervioso y muscular, trastornos mentales y de conducta, trastornos relacionados con la adicción a drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas; y la aptitud perceptivo-motora.
¿Qué pruebas para renovar el carnet de conducir deben realizarnos? Un control bien hecho no puede durar menos de 20 minutos, según los expertos. Todas las pruebas quedan fijadas en el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores.
En primer lugar, un médico nos preguntará si padecemos algún tipo de enfermedad, si tomamos medicamentos de manera habitual, si tenemos algún otro síntoma… El facultativo nos realizará una revisión general para comprobar nuestra tensión, valoración de la fuerza muscular, auscultación cardio-pulmonar…
Una prueba obligatoria es la relativa a la vista. Comprobarán nuestra agudeza visual preguntándonos por las letras de un panel colocado a una distancia prudente. También analizarán nuestra reacción al deslumbramiento, la posible existencia de cataratas o problemas de motilidad ocular. El médico decidirá si estamos bien o si necesitamos un examen en profundidad.
Igualmente, un psicólogo será el encargado de comprobar, mediante pruebas de destreza, que conservamos los reflejos y capacidad de coordinación necesaria. Una prueba muy usada es aquella en la que, tomando el control de dos círculos (una con cada mano), tenemos que dirigirlos evitando tocar las líneas.
Por último, seremos sometidos a una prueba para comprobar nuestra capacidad auditiva y una prueba de coordinación de pies y manos llamada ‘reacciones múltiples’.