Avance en la seguridad infantil en autobuses, con retos pendientes
Seguridad Vial
La seguridad de los niños en autobuses y autocares ha dado un paso adelante con la publicación del Reglamento Nº 170 de Naciones Unidas, una normativa que establece estándares para el uso de sistemas de retención infantil en este tipo de vehículos. Sin embargo, aunque el marco regulatorio promete mejorar la protección infantil, también enfrenta algunas dudas por sus limitaciones prácticas.
Un nuevo estándar para autobuses y autocares
El Reglamento Nº 170 se estructura en dos fases. La Fase 1, que entró en vigor en junio de 2024, permite el uso de sistemas de retención infantil con cinturones de 3 puntos o sistemas ISOFIX en autobuses que cuentan con estos dispositivos. Además, establece el marco reglamentario para la homologación de sistemas de retención infantil integrados en los asientos de autobús. La Fase 2, actualmente en desarrollo, busca adaptarse a los cinturones de 2 puntos, presentes en el 90% de los autobuses existentes.
Entre los avances destacados, la normativa introduce pruebas específicas para garantizar la seguridad de los niños en escenarios reales de uso. Además, establece requisitos técnicos para los sistemas de retención infantil y promueve el uso de un etiquetado adicional que facilite su instalación y correcto uso.
No obstante, aunque los avances son evidentes hay varios aspectos del reglamento que han generado inquietud entre los usuarios y expertos en el servicio de transporte escolar:
- Compatibilidad limitada. Los sistemas de retención infantil orientados hacia atrás enfrentan dificultades de instalación en autobuses con asientos estrechos o poco espacio entre filas, afectando a su funcionalidad. Por otro lado, los sistemas orientados hacia adelante, al tener que cumplir el Reglamento 129, y estar dimensionados para su uso en turismos, donde deben tener la capacidad de proteger en impacto frontal e impacto lateral, resultan demasiado grandes para su uso en los asientos de los autobuses.
- Sin soluciones efectivas para la flota actual. La fase 1 del reglamento establece condiciones para los sistemas de retención infantil integrados en el asiento del autobús. Por lo tanto, esa solución solo se puede implementar en autobuses nuevos.
- Confusión en el etiquetado. La introducción de etiquetas específicas para sistemas de retención infantil en autobuses podría confundir a los usuarios, especialmente si los dispositivos ya cuentan con certificaciones para otros vehículos.
- Falta de marco legislativo. Los reglamentos de Naciones Unidas no son de obligado cumplimiento, por lo que para ser una medida realmente efectiva la Comisión Europea debería incorporarlo dentro de la legislación europea como obligatoria.
- Falta de soluciones realistas en la franja de 3 a 7 años. Según el Reglamento 129/ECE los alzadores en esa franja de edad siempre deben disponer de respaldo, pero el espacio entre butacas dentro del autobús hace que la distancia necesaria para garantizar la seguridad del menor no se respete si el alzador dispone de respaldo. La solución más utilizada hoy en día no queda contemplada en esta legislación.
Un futuro prometedor, pero con ajustes necesarios
El grupo de trabajo detrás del Reglamento Nº 170 prevé culminar la Fase 2 en 2026, momento en el que se espera que las soluciones técnicas para cinturones de 2 puntos estén listas para su implementación. Sin embargo, usuarios y expertos señalan la necesidad de ajustes adicionales que incluyan un enfoque más integral, capaz de abordar las limitaciones actuales.
Mientras tanto, la normativa representa un avance significativo para la seguridad infantil en autobuses y autocares, marcando un precedente en la protección de los pasajeros más vulnerables. El desafío ahora es superar los obstáculos identificados y garantizar que todas las soluciones sean prácticas, seguras y accesibles para los usuarios finales.