La evolución de las sillas de niños
Del Reglamento 44 al Reglamento 129
Seguridad Vial
Durante los últimos años hemos visto como productos con la misma función básica compartían el mercado, aprobados por 2 legislaciones diferentes. Estamos hablando de las sillas de niños. Este hecho ha causado mucha confusión a los usuarios sobre la idoneidad de los productos, su capacidad de uso, y su nivel de seguridad.
Lo primero que tenemos que decir es que la Normativa, tanto el Reglamento 44 como el Reglamento 129, es un compendio de requerimientos que establecen unos mínimos requisitos de seguridad para que un producto pueda comercializarse.
El planteamiento inicial del Reglamento 129 se basó en principios básicos:
- La mejora de la instalación de la silla de niños promoviendo el sistema ISOFIX, de ahí el concepto isize
- La inclusión de un impacto lateral en la normativa derivado del aumento, en la primera década de este siglo, de lesiones vistas en colisiones laterales
- La adecuación de las medidas de las sillas de niños a las medidas reales; de ahí, el cambio de valoración de pesos a alturas del menor.
Estos cambios han supuesto una infinidad de modificaciones en las sillas de niños que, si bien es cierto que a primera vista podrían parecer iguales, en su interior nos muestran diferencias importantes.
Los niveles de absorción de energía del interior de las sillas de niños han aumentado muchísimo por el cumplimiento del impacto lateral. Si sacamos el tapizado de una silla de niños del reglamento 44 y lo comparamos con una del nuevo Reglamento, veremos que aparecen una infinidad de espumas y viscoelásticas que anteriormente no estaban. Esas espumas nos aseguran un mejor funcionamiento del producto en caso de colisión lateral.
Además, las sillas de niños han aumentado sus medidas, permitiendo ahora que el rango de uso sea “más real” y adecuado a menores de hasta el 95% de la altura definida. Esto significa que el 95% de los menores con una altura determinada, por ejemplo, de 105 cm, cabrán en la silla de niños.
Además, la simplificación de la manera de fijar al menor y la manera de fijar la silla al vehículo, hacen que también en este punto los productos bajo la norma R129 sean mejores.
Por lo tanto, a la pregunta habitual sobre qué producto es mejor, una silla de Reglamento 44 o una de Reglamento 129, la respuesta es que una de nueva normativa cumple más requisitos de tamaño, seguridad e instalación y, por lo tanto, a igual nivel de silla de niños, elegiremos una silla de Reglamento 129.
Mismo nivel de silla significa que para poder establecer esta comparación debemos comparar productos de un coste parecido, o incluso productos del mismo fabricante, de un nivel similar.
Como comentábamos al principio, las homologaciones establecen los mínimos requisitos a cumplir para poder comercializar un producto, por lo que las sillas de niños, tanto de reglamento 44 como de Reglamento 129, de algunos fabricantes han sido diseñadas para cumplir estándares más altos, como los ensayos de consumidores o los ensayos de PLUS test, por lo que estas comparaciones entre R44 y R129 pierden su sentido.
Una última razón importante sobre la adquisición de un producto u otro es que, a partir de septiembre de 2023, la comercialización de productos homologados según el Reglamento 44 quedará prohibida y, por lo tanto, solo deberemos encontrar en el mercado productos de nueva normativa. La prohibición de su venta no implica que los productos no puedan utilizarse, por lo que podemos estar tranquilos en que su uso continuará permitido durante años.