Alzadores con regulación en altura
¿Cuál es el porqué de su evolución?
Seguridad Vial
A principios de los años 2000 era un rumor habitual entre los fabricantes de sillas de niños la prohibición de los alzadores sin respaldo. Estos sistemas de retención infantil se consideraban precarios e, incluso a día de hoy, muchos llamados “expertos” los continúan considerando un “quita multas”, un elemento de substitución de una silla con respaldo y sin comparación a nivel de seguridad.
Pero vayamos a los estudios, a la fuente. Y como en muchas ocasiones cuando hablamos de seguridad infantil la fuente está en Suecia.
En 2012 VOLVO presentó un estudio que cambió la vida del alzador. En ese estudio VOLVO demostraba que, a partir de una determinada altura del menor, los 125 cm, el alzador es capaz de proteger mejor que una silla con respaldo, y que para eso solo se necesitan unas condiciones determinadas. Las condiciones que establecía son una determinada altura del alzador, y que el vehículo disponga de airbags de ventana.
Y por qué VOLVO, paradigma de la seguridad, ¿pudo hacer una afirmación tan contundente?
Para ello se basó en 2 principios, por un lado, el aumento del espacio de supervivencia, del que hemos hablado en otros artículos y, por el otro, la protección que confiere el propio coche.
Con respecto a lo primero, un alzador no tiene respaldo, por lo que la cabeza se apoya en el respaldo del asiento del coche, lo que hace que el espacio de supervivencia aumente unos 80 mm, y se reduzca el riesgo de contacto de la cabeza con el asiento delantero.
El segundo principio refiere a las colisiones laterales. Si la cabeza del menor está a una determinada altura, el airbag de ventana del coche protege la cabeza de la colisión con la ventana y la estructura del coche.
¿Y cómo le protege? Según el estudio de VOLVO, la protección que confiere el airbag de ventana es mejor que la que confiere el lateral de la silla de niños con respaldo.
Esta altura mínima que debe tener el alzador se ha ido definiendo durante la última revisión del Reglamento 129, resultando de alrededor de 135 mm como mínimo para un menor de 125 cm de altura. Y quiero destacar ese dato, ya que si el alzador es más alto de esos 135 mm. el contacto con el airbag de ventana será mejor y la protección más alta.
Pero claro, nos encontramos con el típico problemilla de que los menores van creciendo, y si el alzador hace más de 135 mm de altura, tendremos que acabar haciendo un agujero en el techo del vehículo. Es ahí donde tiene sentido que los alzadores tengan regulación en altura, para adaptar el crecimiento del menor a la posición en altura que tendría un adulto y asegurar una buena protección en caso de colisión lateral.
Por lo tanto, como recomendación general, si realizamos trayectos cortos, donde el menor no se duerme, y disponemos de un vehículo con airbag de ventana, que prácticamente todos lo llevan desde hace más de 10 años, el alzador de Reglamento 129 es un muy buen sistema de retención infantil. Si, por el contrario, hacemos viajes largos, en los que el menor se va a dormir, aconsejamos utilizar sillas de niños con respaldo para su confort y seguridad cuando duerma.
Si nos decidimos por un alzador es importante elegir un alzador homologado según el reglamento 129, con la mayor altura posible y, a ser posible, que esa altura sea regulable.